Notificación de venta del vehículo

Si eres el vendedor de un vehículo es conveniente que lo notifiques a tráfico para quedar libre de cualquier responsabilidad sobre el vehículo.

 

 

¡No tienes excusa!. No es necesario que vayas a la DGT.

55€

  • IVA incluido
  • Tasa DGT incluida
  • Recogida y entrega en oficina
  • Recogida y entrega certificada : opcional

Documentación necesaria

  • Fotocopia del DNI de comprador y vendedor a doble cara.
  • Fotocopia de ficha técnica.
  • Fotocopia de permiso de circulación.
  • Solicitud de tráfico firmada digitalmente a través de la Web.
  • Mandato del vendedor firmado a través de la Web.

Notifica a tráfico la venta y evita disgustos innecesarios.

Si has vendido tu vehículo, con la notificación de Venta comunicas a la DGT el traspaso del coche a otra persona, a efectos de que quede anotado el cambio de titularidad en la Dirección General de Tráfico. Parece una gestión de poca importancia, pero puede que, en un futuro, te evite más de un problema. La parte negativa, es que tiene un coste.

 

Imagina que el comprador no ha realizado el trámite del cambio de titularidad del vehículo. Éste va a utilizar el vehículo, pero la responsabilidad de todo lo que pueda pasar mientras circula sigue siendo tuya. Imagínate por un momento en las posibles consecuencias de esto.

Si tú, independientemente de lo que haga el comprador, realizas la notificación de la venta del vehículo, quedarás libre de cualquier responsabilidad respecto al coche como, multas, recibos del ayuntamiento o ITV. Incluso puedes realizar la notificación de venta, antes de entregar el vehículo y la documentación del mismo.

 

Si eres el vendedor de un vehículo, te aconsejamos que realices la notificación de venta del vehículo nada más realizada la venta del mismo. No esperes a que el comprador realice el trámite de la transferencia.

Hay veces que los compradores se demoran y esto te puede causar algún quebradero de cabeza ya que las multas de los radares fijos, seguro o por ITV te seguirán llegando mientras no se produzca en el cambio de titularidad. Notificar la venta es una manera fácil de evitar este problema, ya que desde que realizas la notificación, la responsabilidad ya no es tuya.

En cualquier caso, este trámite, no exime al comprador de realizar trámite de cambio de titularidad y hasta que éste no lo haga, no se expedirá el nuevo permiso de circulación del vehículo

 

recuerda que las multas de los radares fijos y por no haber pasado la ITV te seguirán llegando en tanto no se produzca el cambio de titularidad o notificación de venta.

Preguntas Frecuentes

A todos los efectos la notificación de venta tiene como fecha de vigor el día en el que se realiza la notificación de venta, no la de la firma del contrato, por eso es tan importante realizar la notificación lo antes posible.

Sí. El nuevo comprador será responsable de cualquier sanción que le sea impuesta al vehículo después de la fecha de notificación de venta.

No. Siempre, es necesario presentar el contrato de compra venta original firmado por ambas partes o la factura que acredite la venta.

En el caso de que el comprador sea un compraventa, al hacer la notificación de venta, el vehículo quedará en estado de baja temporal, por lo que no podrá circular.

La reserva de dominio normalmente se debe a la compra a plazos del vehículo. Mientras no se cancela la reserva de dominio o el comprador del vehículo subrogue la deuda, no se puede realizar ni la transferencia ni la notificación de venta del vehículo.

Para realizar la cancelación debe contactar con la entidad financiera, y solicitar una “carta de cancelación de reserva de dominio”, para posteriormente tramitar la cancelación en el Registro de Bienes Muebles donde se realizó la inscripción.

Con un embargo, es posible realizar tanto transferencia como notificación de un vehículo, pero es necesario para realizarla presentar en ambos casos un documento firmado por el comprador en el que se indique que está al tanto de la situación de embargo o precinto del vehículo o que esta circunstancia quede claramente reflejada en el contrato de compraventa.

A raíz de un embargo, puede producirse el precintado de un vehículo. En estos casos, presentando un documento en que se indique que el comprador está al tanto de esta circunstancia o incluirlo en el contrato de compraventa, es posible realizar tanto la notificación como la transferencia de un vehículo.

Sin embargo no podrá emitirse el Permiso de Circulación del vehículo transferido, por lo que no se podrá circular con él hasta que se proceda a la cancelación del precinto.

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